www.paraprofesionales.com

[ACTUALIDAD DIARIA]

Revista electrónica para profesionales del Derecho

ACTUALIDAD DIARIA paraprofesionales.com Revista de Derecho, Jurisprudencia y Legislacion
Resumen

[L]

Proyecto de Ley de Contratos de Distribución

(publicado en Actualidad Diaria 1984 el 29 de junio de 2011)

texto publicado volver

El Proyecto de Ley se compone de cinco títulos, una disposición adicional, una transitoria, una derogatoria, y dos disposiciones finales.
El Título I se compone de cinco artículos que recogen las disposiciones generales de la Ley y, en concreto, su ámbito de aplicación, las principales modalidades contractuales, las exclusiones al ámbito de aplicación y los principios rectores que han de presidir la contratación en la distribución comercial, y apuesta decididamente por la promoción de Códigos de Conducta sectoriales y sistemas de resolución de conflictos. El ámbito material de la Ley es la función distributiva, por lo que quedan comprendidas todas las operaciones comerciales celebradas a lo largo de la cadena de valor.
En el ámbito operativo se incluyen tanto la contratación bilateral como la creación de redes y la formalización de contratos marco, en formato electrónico o tradicional. El artículo 2 enumera las fórmulas contractuales más recurrentes, sin que, en ningún caso, y por las razones expuestas anteriormente, se trate de una lista taxativa, sino meramente informativa para los operadores sujetos al ámbito de aplicación de la Ley.
Las exclusiones de la Ley se regulan en el artículo 3 y se circunscriben a determinados ámbitos que cuentan con una normativa específica propia, como los contratos de agencia o los que impliquen a consumidores finales, entre otros.
Por su parte, los principios rectores, partiendo del principio de libertad de pactos como criterio inspirador de las relaciones jurídicas entre operadores económicos, se recogen en el artículo 4 y están destinados a servir a la interpretación de los acuerdos y principios normativos en ausencia de disposición contractual de las partes. En términos generales, sugieren correcciones ante posibles fallos del mercado, tutelando a ambas partes con un criterio de equidad y amparando a la parte débil en los supuestos necesitados de tutela, en el marco del respeto a la normativa vigente en materia de competencia. El artículo 5 trata de fomentar una cultura de cooperación que sirva para disminuir el grado de conflictividad del sector, al tiempo que la mediación y el arbitraje aparecen como medios adecuados para resolver las controversias que en torno a estos contratos puedan surgir. Todo ello en la línea de reducir la apelación a los Tribunales y otorgar a las partes las mejores opciones de continuidad pese al desacuerdo.
El Título II se dedica a la formación del contrato y consta de cuatro artículos, dentro de los que se pueden distinguir tres conjuntos normativos que se ocupan de los distintos aspectos de este proceso. Los artículos 6 y 7 configuran el sistema que regula el comportamiento de las partes en la fase precontractual, y darían lugar a un primer conjunto normativo. El artículo 8, que contiene el segundo conjunto normativo, se refiere a la formalización de los contratos de distribución. Se abandona el principio de libertad de forma en la contratación y se opta por la formalización escrita de los convenios, que no tiene un carácter «ad solemnitatem», siguiendo lo establecido en los artículos 1279 y 1280 del Código Civil. El tercer conjunto normativo se refiere al uso de condiciones generales de la contratación, reguladas en el artículo 9.
El Título III, constituido por los artículos 10 a 20, regula, bajo el principio de libertad de pactos, aspectos relacionados con el contenido del contrato. En concreto se regulan cuestiones como la regulación de los deberes de información durante la fase de ejecución del contrato; la determinación de los objetivos comerciales; la fijación de los stocks, reservas, y contingentes mínimos, y de las condiciones de entrega y puesta a disposición; los posibles pactos de exclusiva territorial; venta directa o reserva de clases de clientelas al proveedor y sus límites; plazos de garantía entre las partes; políticas de imagen y actividades publicitarias conjuntas; o condiciones para la fijación de descuentos, bonificaciones, rappels y aportaciones por servicio. A esto se une el reconocimiento del principio de modificación consensuada de determinados aspectos de los contratos en coherencia con el resto de ordenamientos europeos, con las normas del Derecho uniforme comercial, en especial los Principios Unidroit sobre los contratos comerciales internacionales y con nuestra tradición jurídica. Se establecen determinadas condiciones a la cesión contractual. En relación con la subdistribución, la estructura y el diseño de los diferentes niveles de la red se deja a la libre voluntad de las partes, requiriendo que exista coordinación temporal de los contratos.
El Título IV, artículos 21 a 26, aborda la duración y extinción de los contratos de distribución. Se produce, en primer lugar, la regulación de la duración de los contratos. En esta materia se recogen los principios de libertad de pactos, no retroactividad, concertación por tiempo indefinido en caso de imprevisión y tácita reconducción de los contratos vencidos y prorrogados. Se regulan, igualmente, los principios de extinción con causa justificada en la contratación a tiempo determinado y de libre resolución «ad nutum» en los contratos a tiempo indefinido. En relación con el régimen de indemnizaciones, artículo 25, que, eventualmente, puede vincularse con la extinción del contrato, se articula un sistema que comprende como elementos indemnizables, las inversiones específicas, la indemnización por clientela y los daños y perjuicios efectivamente causados. Se añade un deber de colaboración en la ordenada liquidación de las operaciones pendientes en el momento de la denuncia o resolución del contrato.
El Título V recoge algunas disposiciones sobre ciertas modalidades contractuales, en concreto se regulan en los artículos 27 a 30, las organizaciones de mercados privados y espacios comerciales comunes, la realización de subastas electrónicas, la venta multinivel y el régimen de franquicia.
La disposición adicional única procede a actualizar determinadas referencias normativas y las disposiciones transitoria y derogatoria recogen, tanto el régimen transitorio, como las normas que quedan derogadas tras su entrada en vigor. Por último, las disposiciones finales primera y segunda, hacen lo propio con los títulos competenciales que permiten su promulgación y las cuestiones vinculadas a su entrada en vigor.

texto publicado volver


Las e-fuentes consultadas:

Legislaci�n: DOCE, BOE, Boletín Oficial de las Cortes Generales (BOCG).
Jurisprudencia: TC, TS, TJUE y TEDH.
Noticias: europa press, EFE, EL PA�S, EL MUNDO, ABC, LA RAZ�N, LA VANGUARDIA, EXPANSI�N, a3n.tv, libertaddigital.com, 20minutos.es, 5dias.com, cope.es, vnet.es, diariodirecto.com
Documentaci�n oficial: Presidencia del Gobierno, Ministerio de Hacienda-Agencia Tributaria, Ministerio de Trabajo-Seguridad Social, Ministerio de Justicia y CGPJ.
Documentaci�n corporativa: Consejo General de la Abogac�a-Colegio de Abogados de Madrid, Consejo General del Notariado, Colegio de Registradores, Consejo General de Procuradores-Colegio de Madrid, Asociaciones judiciales (APM, JpD, Fco. Vitoria), Confederación Española de Organizaciones Empresariales CEOE, Instituto de la Empresa Familiar, Unión General de los Trabajadores UGT, Comisiones Obreras CCOO, Asociación Española de Usuarios de Internet (AUI), Asociación de Internautas, Sociedad General de Autores y Editores (SGAE).

© 2002-2015 PYB ENTERPRISES S.L. Este diario es una publicación distribuida por paraprofesionales.com y se dirige exclusivamente a sus suscriptores. Su reenvío a terceras personas distintas del destinatario requiere autorización expresa de PYB ENTERPRISES, SL S.L. PYB ENTERPRISES S.L. no se hace responsable de las decisiones tomadas con base en el contenido del presente diario. Las colaboraciones firmadas recogen la opiniones de sus autores.

paraprofesionales.com es una web de PYB Enterprises, SL.
actualidaddiaria.com es una web de PYB Enterprises, SL.

PYB Enterprises, SL. Centro de trabajo: Fuentesauco,9 local. 282024 Pozuelo de Alarc�n (MADRID). TELEFONO 902 198 832 – Fax 901 02 03 62. email de contacto.

PYB Enterprises, SL. Inscrita en el RM de Madrid Tomo 18.102, Libro 0, Folio 116, Sección 8, Hoja M-313075, Inscripción 1ª.- CIF: B-83383620. Las bases de datos de clientes están registradas en la Agencia Estatal de Protección de Datos.
Empresa autorizada e inscrita en el Registro General de Empresas de Venta a distancia de la Comunidad de Madrid. REVA209/03.

ACTUALIDAD DIARIA

ACTUALIDAD DIARIA

Incluye suscripción, Revista electrónica para profesionales del Derecho (Diario)

Y, además, disfrutará de nuestras siete ventajas como suscriptor

Precio: 157,79€ Oferta: 142,01€ (iva incl.)

Pedir   Más info
913517750 Pedidos 913 517 750

Memento IRPF 2024

Memento IRPF 2024

1400 páginas, edición anual, abril 2024, Incluye suscripción, La tranquilidad de tener las claves para no pagar de más.

Precio: 164,32€ Oferta: 156,10€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Todo Renta  2024 - Guia declaración 2023

Todo Renta 2024 - Guia declaración 2023

1800 páginas, edición anual, marzo 2024, Guía de la declaración 2023

Precio: 242,32€ Oferta: 230,20€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Memento Fiscal 2024 (s)

Memento Fiscal 2024 (s)

2300 páginas, edición anual, marzo 2024, Incluye suscripción, Edición especial para colectivos. ¡El libro que todos los asesores y juristas tienen cerca de su mesa.

Precio: 203,84€ Oferta: 193,65€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Memento Social 2024 (s)

Memento Social 2024 (s)

2200 páginas, edición anual, marzo 2024, Incluye suscripción, Edición especial para colectivos

Precio: 193,44€ Oferta: 183,77€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Memento Procedimientos Tributarios 2024-2025

Memento Procedimientos Tributarios 2024-2025

1400 páginas, edición bienal, enero 2024, Asegure el éxito de sus procedimientos Tributarios con la última información

Precio: 156,00€ Oferta: 148,20€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Memento Empleado Público 2024-2025

Memento Empleado Público 2024-2025

1000 páginas, edición anual, diciembre 2023,

Precio: 101,92€ Oferta: 96,82€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info
913517750 Pedidos 913 517 750

Memento Grupos Consolidados 2024-2025

Memento Grupos Consolidados 2024-2025

1100 páginas, edición bienal, diciembre 2023,

Precio: 145,60€ Oferta: 138,32€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Memento prevención de Riesgos Laborales 2024-2025

Memento prevención de Riesgos Laborales 2024-2025

1750 páginas, edición bienal, diciembre 2023, La información que necesita para evitar sanciones , sin rodeos. Referencias a la normativa, jurisprudencia y doctrina de aplicación en cada caso.

Precio: 116,48€ Oferta: 110,66€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Pack Memento Procesal Civil 2024 + Memento Procesal Penal 2024 + Memento Procesal Contencioso-Administrativo 2024

Pack Memento Procesal Civil 2024 + Memento Procesal Penal 2024 + Memento Procesal Contencioso-Administrativo 2024

edición anual, diciembre 2023,

Precio: 239,20€ Oferta: 227,24€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Arrendamientos Urbanos. Comentarios, legislación y Jurisprudencia

Arrendamientos Urbanos. Comentarios, legislación y Jurisprudencia

824 páginas, 2ª edición, noviembre 2023,

Precio: 83,10€ Oferta: 78,95€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info
913517750 Pedidos 913 517 750